A estas alturas es innegable que la propagación del COVID-19 ha afectado a nuestras vidas de un modo que no imaginábamos. El estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo trajo consigo un sinfín de interrogantes, entre ellos muchos relativos a la movilidad y al tráfico. Poco a poco hemos ido aclarando estas dudas, pero aún quedan algunas en el aire, por ejemplo: ¿qué ocurre si tenemos el carnet de conducir caducado durante el estado de alarma?
La atención al público y las citas previas en las Jefaturas de Tráfico han quedado temporalmente suspendidas. Los desplazamientos con vehículos ya sabemos que solo están permitidos en casos muy excepcionales registrados en el BOE. En este escenario, es lógico preguntarse si pueden multarnos por conducir con el carnet caducado.
La respuesta del Gobierno
Ante esta duda, el Ministerio del Interior emitió una orden el 20 de marzo con la que se prorrogaba durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma. La orden en cuestión, la INT/262/2020 del 20 de marzo, complementa al RD 463/2020 del 14 de marzo y explica que «los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización».
Esta orden también afecta a los carnets de conducir extranjeros, interrumpiendo el plazo habitual de seis meses que permite conducir por España a los titulares de estos permisos. La orden aclara que el plazo se reanudará tan pronto pierdan vigencia el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
¿Qué ocurre si mi carnet de conducir caducó antes del estado de alarma?
En ese caso dependerá de las autoridades de la Guardia Civil y el resto de policías del estado decidir si la persona tuvo tiempo suficiente para renovar su permiso antes del decreto. Teniendo en cuenta que el anuncio se realizó solo un día antes de la publicación del Real Decreto, se entiende que apenas hubo margen para que la gente con citas previas pudiese renovar su permiso de conducir. Todo dependerá, por tanto, de la fecha de caducidad del carnet y de lo que consideren las autoridades.
Así que ya sabes: si tu carnet caducó durante el estado de alarma, puedes seguir utilizándolo sin riesgo de multa. Sin embargo, consulta bien los casos permitidos por la ley y piensa si es imprescindible coger el coche. Recuerda: si no es imprescindible, quédate en casa.
Por otro lado, también te recomendamos estar al tanto de todos los detalles sobre la carta de renovación, para saber qué es y cuando la recibirás para renovar tu seguro de coche o moto.
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